06 julio 2022

Robos podrán ser perseguidos sin querella con modificación del Código Procesal Penal aprobada en el Senado

 


 El Senado aprobó en segunda lectura el Proyecto de ley que modifica al Código Procesal Penal, para que el robo sin violencia y sin armas pueda ser perseguido de oficio por el Ministerio Público, sin que la víctima formalice una querella.

La iniciativa, propuesta por el presidente de la cámara alta, Eduardo Estrella, y el senador de Samaná, Pedro Catrain, implementa cambios en el artículo 31 del Código Procesal Penal, con el propósito de suprimir el ilícito de robo sin violencia y sin armas como hecho punible que dependa de instancia privada, para que sea perseguible de oficio por parte del Ministerio Público.

Con esta ley, los fiscales podrán perseguir y procesar a quienes comentan hurtos menores o actos de raterismo, sin la necesidad de que la víctima se querelle, lo que facilitará la persecución contra las personas que reinciden en ese tipo de ilícitos.

En su tercer considerando, esta pieza refiere que la exigencia de presentación y sostenimiento de la denuncia y la instancia privada en muchos casos de robo se erige en un obstáculo para la realización de la pretensión punitiva, por la ausencia o desistimiento de la víctima directa del delito en una etapa temprana del proceso.

El Senado, también, aprobó en primera lectura el Proyecto de ley que suprime la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) y la Unidad de Electrificación Rural y Sub-urbana (UERS).

La iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo fue presentada al Pleno mediante un informe de la Comisión Permanente de Asuntos Energéticos del Senado de la República, presidida por el senador Lic. Ricardo de los Santos.

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