El presidente de la República, Luis Abinader, dispuso ayer la creación de requerimientos especiales para ingresar al país a través de los aeropuertos, desde los países donde se ha determinado la existencia de las nuevas variantes del COVID-19.
La medida se establece en el artículo 4 del decreto 346-21 dado a conocer esta noche por el Poder Ejecutivo, el cual dispone también la extensión de la vigencia de las medidas de distanciamiento social que se contempló en el decreto 133-21.
«Se instruye a la Junta de Aviación Civil (JAC) a adoptar, en coordinación con las demás instituciones pertinentes, las acciones necesarias para establecer requerimientos especiales para poder ingresar al territorio nacional desde los países en donde están circulando nuevas variantes del COVID-19″, señala. Además, confirman las especificaciones adelantadas ayer por el Gobierno sobre las excepciones para el Gran Santo Domingo, como el inicio del toque de queda desde las 8:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, con una gracia de circulación hasta las 11:00 de la noche.
Lo mismo aplica para el expendio de bebidas alcohólicas, reseñando que está prohibido su venta para ser consumida en espacios públicos y privados, de uso público, desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.
Prórroga. El Poder Ejecutivo también emitió este miércoles del decreto345-21, con el cual dispone una prórroga por un período de 45 días, a partir del 30 de mayo de este mes, el estado de emergencia declarado en todo el territorio mediante el decreto 265-20, para combatir el COVID-19.
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