Si te dedicas a la hechicería y profanas tumbas para utilizar cadáveres humanos en tus ritos satánicos, antes deberías leer el Código Penal. El abogado penalista Amadeo Peralta informó que el nuevo Código Penal, que entró en vigencia el pasado 3 de agosto, establece drásticas sanciones que van desde los cinco hasta los 10 años de prisión para “brujos” que utilicen cadáveres en ritos satánicos en el país.
La medida está contenida en el artículo 222 de la normativa, el cual sanciona de manera general la profanación de cadáveres y tumbas. Dicho artículo estipula penas de dos a tres años de prisión menor y multas de nueve a 15 salarios mínimos del sector público para quienes profanen, mutilen, destruyan, oculten, exhiban o ultrajen restos humanos, así como para quienes los exhumen o trasladen sin autorización legal.
Sin embargo, el párrafo I de este mismo artículo es mucho más severo, estableciendo penas de cinco a 10 años de prisión mayor y multas de 10 a 20 salarios mínimos del sector público cuando los cuerpos o restos humanos sean aprovechados con fines comerciales, rituales o actos de índole supersticiosa.
Durante su intervención en el programa televisivo Al Punto Vespertino, el jurista detalló que la legislación también castiga con 10 años de reclusión a quienes incurran en el robo, venta o compra de ataúdes sustraídos ilegalmente de nichos en cualquier cementerio del país. Peralta explicó que esta disposición específica se encuentra regulada en el párrafo II del artículo 222. La norma sanciona penalmente tanto al individuo que roba el féretro u otros efectos fúnebres de una tumba, como a la persona que adquiera, comercialice o encubra dichos objetos robados.
El jurisconsulto defendió la aplicación de estas sanciones al señalar que la práctica ilegal de extraer restos humanos de sus tumbas es una problemática recurrente en la República Dominicana, por lo que estas medidas buscan frenar drásticamente este tipo de delitos contra la paz de los difuntos.
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