Abogado entiende disposición es poco conveniente, le falta definición y generaría muchas demandas legalesEl alcance de las disposiciones contenidas en el borrador de resolución del Ministerio de Trabajo para mejorar las condiciones del trabajo doméstico en República Dominicana no convence a los sectores que más impacta la decisión: las amas de casa y las trabajadoras del hogar.
Incluso, desde el punto de vista legal, algunos juristas entienden que a la disposición le falta definición, además de ser poco conveniente, alertando de que podría dar lugar a que aumenten las demandas laborales en el país.
La resolución del ministerio establece jornadas diarias de ocho horas y no más de 44 horas las semanales para el trabajador doméstico. Se reconocen derechos laborales como las vacaciones anuales y el ingreso a la Seguridad Social.
Victoria García, presidente de la Asociación de Trabajadoras del Hogar (ATH), aplaude esas reivindicaciones, las que recuerda han sido una demanda de años de su sector, pero le molesta que se llame a vistas públicas como dispuso el Ministerio de Trabajo. Entiende que el tema ya ha sido bastante discutido cuando en 2015 se ratificó la Convención 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que tiene rango de Ley.
“Eso es un derecho…Lo que manda es la puesta en vigencia del convenio al que el país ya se comprometió”, plantea García, quien advierte que las más de 5,000 trabajadoras que están organizadas en las asociaciones del sector podrían tomar las calles en protesta si no se les dan las reivindicaciones que demandan.
Además de un mejor salario, también insiste en la necesidad de entrar a la seguridad social, más que tener un seguro de salud, pues dice que no pueden pasar años trabajando para salir luego con las manos peladas, sin una pensión. Quieren entrar al régimen contributivo de la Seguridad Social, no al subsidiado. Esas necesidades las reconoce y apoya Ana Bertilia Cabrera, presidenta de la Asociación de Amas de Casas (Acacdisna), pero dice que el Estado tiene que entrar para apoyarlas, pues la realidad del ingreso de muchas empleadoras no les permite poder cumplir con todas las exigencias del contrato que se sugiere.
Pone de ejemplo a una madre soltera cuyo salario es inferior a 30 mil pesos. “Hay que buscarle la vuelta para que quede lo menos lesionador posible al sector empleador. Nosotras como amas de casa estamos como empleadoras y como empleadas domésticas y es algo difícil”, dice la activista social para quien sí es necesario que haya vistas públicas.
Cree además que de aplicarse la resolución de la forma en que está planteada, puede degenerar en una baja considerable del empleo para el sector, pues muchas personas de clase media y baja que necesitan un personal, no lo contratarán a tiempo completo, si acaso, para algunos servicios.
En el trabajo doméstico se emplean unas 245,102 personas, de las que 232,466 es informal, sin acceso a la seguridad social. Los formales, con seguridad social, suman 12,636, de acuerdo con cifras del Banco Central para el año 2021.
Con la resolución del Ministerio de Trabajo esa situación quedaría regularizada, al establecer que la contratación del trabajo doméstico se realice mediante contrato por escrito y firmado por las partes, además de que tiene que registrarse ante el Ministerio de Trabajo.
En su artículo décimo, la resolución ordena “al Consejo Nacional de la Seguridad Social que, mediante resolución pueda facilitar la inscripción de los trabajadores domésticos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social”. No especifica bajo responsabilidad de quien.
Baches legales
Para el abogado especializado en asuntos laborales Carlos Hernández, la resolución no es conveniente y empieza por señalar el que se le da las mismas condiciones de contratación a una casa de familia que a una empresa.
“El Código de Trabajo prevé varios tipos de contratos de trabajo, está el de los negocios y luego están los contratos de trabajos especiales, incluido los domésticos. Entonces, la resolución importa una serie de condiciones propias de los contratos de trabajo de los negocios que no encajan en un hogar”.
Señala el que con ella se establece el preaviso y desahucio y que eso abre la ventana para demandas laborales. “Desde el momento que yo le diga a una persona que se va, entonces todas las reglas del desahucio entran en vigor y en diez días hay que pagar preaviso a esa persona, o contratar abogados para pelear el caso”, dice Hernández, que visualiza un incremento en ese tipo de demandas.
Otro aspecto objetable que ve el abogado es que se establecen condiciones que solo podrían establecerse mediante una reforma o con una ley aprobada por el Congreso Nacional y no por resolución, como sería la contratación por escrito.
También se refiere al componente social, pues entiende que la resolución solo ha tomado en cuenta a las domésticas de clase media y alta, sin ver a muchos hogares que, requieren de ese servicio, pero cuyos ingresos no les permitirían cubrir todas las obligaciones que se les impone. Vuelve sobre el ejemplo de las madres solteras, de las que dice que pueden trabajar porque tienen una doméstica. El abogado también sugiere revisar la parte de la seguridad social que, entiende, no se define bien y no se debe dejar en el tintero, pues genera muchas interpretaciones.
En su artículo décimo, la resolución ordena “al Consejo Nacional de la Seguridad Social que, mediante resolución pueda facilitar la inscripción de los trabajadores domésticos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social”. No especifica bajo responsabilidad de quien.
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