24 marzo 2021

Autoridades hicieron intentos por dotar de chalecos a todos los motoristas

 




La Ley 63-17 y la resolución 02 16 plantearon la identificación de los motoristas y fallaron.

El presidente Luis Abina­der anunció, como parte de su nuevo plan de segu­ridad ciudadana para ba­jar los índices de crimina­lidad del país, que a partir del primero de junio de es­te año todos los motoris­tas serán identificados con chalecos con un número individual.

El objetivo es “reducir” las actividades delictivas que se cometen desde esos ve­hículos.

“Con ello pretendemos re­ducir el número de quie­nes usan los motores sin li­cencia, y de las actividades delictivas que en muchos casos van asociadas a su uso”, fue la frase utilizada por el mandatario sobre una de las medidas princi­pales de la primera fase de ese plan divulgado el pasa­do lunes.

Sin embargo, a pesar de que la medida fue vista co­mo novedosa, ya duran­te los gobiernos de Danilo Medina se habían realiza­do varios intentos con ese propósito e incluso llegaron a quedar plasmados en re­soluciones y leyes que aún quedan vigentes.

Resolución 02-16
La primera vez que se plas­mó esa figura fue mediante la resolución 02-16 de la en­tonces Dirección General de Transporte Terrestre, que establecía la prohibición de que los conductores de mo­tocicletas transiten con otra persona en la parte trasera, al menos que sea dedicado al transporte de pasajeros.

Mediante esa disposición, el organismo hizo una clasifi­cación de las motocicletas existentes en el país y las di­vide en tres grupos: las de­dicadas al transporte de pa­sajeros (motoconcho), las dedicadas a mensajería en empresas públicas y priva­das y las utilizadas por su propietario como medio de transporte individual. La medida dispone que tanto el conductor como la perso­na que vaya en la parte tra­sera de la motocicleta de­ben llevar casco protector.

Ese mismo artículo seña­la que se encaminarían esfuerzos con otras ins­tituciones a los fines de implementar en el futu­ro cercano un sistema que permita dotar a los motoci­clistas de un chaleco refrac­tivo, debidamente nume­rado, que permita la fácil identificación de estos con­ductores por parte de las autoridades.

Otra prohibición
La medida prohíbe “termi­nantemente” a los conduc­tores de motocicletas dedi­cadas a mensajería, llevar en la parte trasera a otra persona, sea de modo gra­tuito o por pago de dinero.

“Aquellos que utilizan sus motocicletas para su trans­porte individual también tienen la misma prohibi­ción, con la facilidad de que si quieren transportar otra persona deben solicitar un permiso a la DGTT”, decía la resolución. Ley 63-17

SEPA MÁS
Otro intento no pudo aplicarse
Resolución 02-16.

La primera vez que se plasmó esa figura fue mediante resolución 02-16 de la entonces Direc­ción General de Trans­porte Terrestre que pro­hibió a motocicletas transitar con persona en parte trasera y esfuerzos para dotar chalechos..

Fracaso.
El fracaso de esas me­didas fue porque ni los agentes de la Digesett ni ninguna otra autoridad competente le dieron se­guimiento y nunca fue­ron cumplidas. Esa parte es clave para que lo dis­puesto por el presidente Abinader sea cumplido

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