El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales las disposiciones que penalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, una decisión que ha provocado un profundo debate nacional.
La sentencia TC/1225/25 anuló el artículo 210 de la Ley 285 y el artículo 260 de la Ley 3483 al considerar que estas normas violaban el principio de razonabilidad y discriminaban injustificadamente a personas homosexuales.
Ambos artículos definían la “sodomía” como el concúbito entre personas del mismo sexo y establecían penas de hasta un año de prisión para oficiales. Según el TC, estas disposiciones afectaban la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo, por lo que ordenó su expulsión del ordenamiento jurídico, concluyendo que sancionaban exclusivamente relaciones sexuales consentidas, constituyendo un trato discriminatorio.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, quienes argumentaron que el castigo se basaba únicamente en la orientación sexual y no en aspectos disciplinarios. El tribunal validó sus argumentos, señalando que la Constitución protege la dignidad humana y prohíbe discriminación por motivos personales, incluyendo la orientación sexual.
La sentencia generó fuertes reacciones en la Iglesia Católica y en sectores evangélicos, que la consideran una ruptura con los valores tradicionales del país. Líderes religiosos han advertido que la decisión podría afectar la moral castrense y debilitar la disciplina interna. Por otro lado, activistas y defensores de derechos valoran el fallo como un paso importante hacia la igualdad y la protección de la vida privada.
38 países ya reconocen el matrimonio igualitario
Mientras el debate se intensifica en República Dominicana, el panorama internacional muestra una tendencia distinta: la ampliación de derechos para parejas del mismo sexo. En 2025, Liechtenstein y Tailandia se convirtieron en los países 37 y 38 en legalizar el matrimonio igualitario, reflejando un avance sostenido en múltiples regiones.
Desde que Países Bajos abrió el camino en 2001, Europa ha sido el continente con mayor consolidación: España, Francia, Alemania, Portugal, Dinamarca y más de una docena de países reconocen el matrimonio igualitario. En 2025, Liechtenstein se sumó a esta lista, simbolizando la continuidad del cambio legislativo en la región.
Asia avanza más lentamente, pero con pasos significativos: Taiwán fue pionero en 2019, Nepal lo hizo en 2024 y Tailandia en 2025, convirtiéndose en el primer país del Sudeste Asiático en reconocer estas uniones. En América, Canadá, Estados Unidos, Argentina, Brasil, Uruguay, Colombia, Ecuador, Chile y Costa Rica han adoptado este modelo, junto con Cuba y la mayoría de los estados de México.
Oceanía también figura entre las regiones más inclusivas, con Nueva Zelanda y Australia a la vanguardia. África, en contraste, sigue rezagada: Sudáfrica continúa siendo el único país con matrimonio igualitario legalizado desde 2006. En otras naciones, como Japón, Corea del Sur o Singapur, se han dado avances parciales mediante fallos judiciales o figuras de uniones civiles.
A pesar de las resistencias culturales y religiosas que persisten en diversas regiones, la tendencia global es clara: más países despenalizan la homosexualidad, reconocen uniones civiles o avanzan hacia la igualdad matrimonial como un derecho humano fundamental. Para muchos observadores, este contexto sirve como espejo del debate que hoy vive República Dominicana.
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