El procurador para la Defensa del Medio Ambiente, Francisco Contreras Núñez, dijo este jueves que las autoridades están en la obligación de mantener en anonimato al denunciante d música a alto volumen.
«Las autoridades tienen la obligación de mantener, si así lo pide el ciudadano, en anonimato la identidad del denunciante, no tiene que salir el ciudadano a ponerse en contradición ni enfrentarlo al infractor, debe mantenerlo en anonimato tanto la Policía como el Ministerio Público, las autoridades no tienen que hacerle saber al imputao quién interpuso la denuncia», señaló Contreras Núñez al ser entrevistado en el programa El Día, que se transmite por Telesistema canal 11.
El procurdor explicó que la contaminación sonora constituye un delito ambiental sancionado por la Ley 64-00 y otras normativas con multas de hasta 30 salarios mínimos.
«En el horario de 9:00 de la noche a 7:00 de la mañana, esta normativa establece desibeles máximo de 50 a 55 para la noche y de día establece desibeles de 55-65 máximos», sostuvo.
Añadió que la Organización Mundial de la Salud ha determinado que la contamincación sónica por encima de esos niveles causa daños a la salud de la persona, por lo que desde la Procuraduría especializada para la defensa del medio ambiente se han estado realizndo talleres y charlas con la comunidad y las juntas de vecinos, además de operativos de inspección de los nieles decibeles.
Francisco Contreras Núñez dijo que con relación a las denuncias constantes que reciben sobre contaminación sónica en todo el territorio nacional, ya han solicitado medidas de coerción y sometimientos judiciales contra contra los que violan la ley, ya que las normativas establecen penas de un año a tres de prisión.
En el caso de los llamados «musicólogos» la ley establece multas de cinco a 30 salarios minimos, apuntó Contreras Núñez, mientras que para los que violan la sobre contaminación sónica en viviendas y lugares donde está prohinido el ruido, como hospitales, la ley establece multas de 2 a 20 salarios mínimos.
Agregó que los ciudadanos pueden presentar su denuncia a través del 911 o las oficinas de Medio Ambiente.
El magistrado aclaró que la Policía puede intervenir cuando un ciudadano está violando la ley sobre contaminación sónica e incutar las bocinas pero antes debe agotar el debido proceso.
«Es de carácter obligatorio dejar el acta de inspección a quien se le incaute la bocina, la cual debe ser firmada por la persona que infringe la ley», concluyó.
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