LA INFORMACIÓN FUE DADA A CONOCER POR LISANDRO MACARRULLA QUIEN DETALLÓ QUE LA DISPOSICIÓN FUE ADOPTADA CON LA FINALIDAD DE REFORZAR LA SEGURIDAD
Desde el día tres de septiembre, las personas que cuenten con permisos para circular en horario de toque de queda deberán reimprimirlos, en vista de que los que fueron emitidos de manera previa, no serán válidos.
La información fue dada a conocer por el ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, quien detalló que la disposición fue adoptada con la finalidad de reforzar la seguridad de dichas autorizaciones, las cuales se emiten a las empresas que figuran como esenciales dentro de los decretos 266-20, que establece el toque de queda y el 380-20, que lo modificó.
Explicó que las personas que ya cuentan con los permisos, recibirán en sus correos electrónicos el enlace para descargar e imprimir los nuevos permisos, pues serán los únicos válidos a partir del día seis de septiembre.
“Una vez reciban este correo, contarán con un plazo de 48 horas para imprimir y distribuir el documento entre quienes deban portarlo. En tanto, las solicitudes que están en proceso serán emitidas con el formato actualizado”, agregó el funcionario.
Lisandro Macarrulla explicó que en la nueva modalidad los permisos emitidos serán válidos por el tiempo que permanezca el toque de queda, para evitar renovaciones de los que eran emitidos de manera parcial.
Recordó que para obtener el documento, los establecimientos que se encuentren dentro de los autorizados a circular en toque de queda, deben dirigirse a la página www.coronavirusrd.gob.do, ingresar al apartado “solicitar permiso para libre tránsito en toque de queda”, y completar el formulario con los datos que se solicitan.
“Si cumplen con los requisitos correspondientes, el o los permisos serán remitidos vía correo electrónico. El establecimiento deberá imprimirlo y entregarlo al empleado correspondiente que deberá portarlo”, agregó.
El funcionario recordó a las empresas que, como máximo, sólo se entregará permiso para el 50% de sus empleados.
Sin embargo, aclaró que en el caso de los ‘deliverys’, que mediante el decreto 380-20 fueron autorizados a brindar servicios a domicilio de alimentos cocidos hasta las 11:00 p.m., que deben portar el permiso, estar debidamente identificados y encontrarse realizando sus labores.
“En el caso de los repartidores que pertenecen a compañías independientes como Hugo, Uber Eats, Globo, Pedidos Ya y otros similares, éstos deben tener visible la identidad de la empresa a la que pertenecen”, agregó.
Se recuerda que el toque de queda vigente limita el libre tránsito de lunes a viernes de 7:00 PM. hasta la 5:00 AM. y los sábados y domingos desde las 5:00 AM. a la 5:00 PM en Santo Domingo, Distrito Nacional, Santiago, San Cristóbal, La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan de la Maguana, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.
En tanto que, en horario de 8:00 PM. a 5:00 AM., se aplica en las provincias Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata, Valverde, Hermanas Mirabal, Monte Cristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor, El Seibo, Dabajón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Independencia y Pedernales.
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