27 enero 2016

JCE expedirá cédula sólo para actividades cotidianas; no será válida para ejercer el voto

La Junta Central Electoral (JCE) decidió este miércoles reabrir el proceso de renovación de la nueva Cédula de Identidad, aunque quienes la obtengan a partir de ahora no podrán con ella ejercer el derecho al voto en las elecciones del 15 de mayo de este año.

Así lo dio a conocer el Pleno del máximo organismo electoral del país, reunido este miércoles para conocer ese y otros asuntos pertinentes a la campaña y la contienda electoral para escoger Presidente, Vicepresidente de la República, senadores, diputados, síndicos y regidores.
Las cédulas que sean obtenidas a partir de esta decisión de la JCE solo tendrán validez para que el ciudadano realice sus actividades de la vida cotidiana, no con fines electorales, recalca la autoridad electoral.
En ese sentido, las actas de nacimientos para fines de cédulas que sean emitidas a partir de la presente resolución tendrán una coletilla en la parte inferior central en la cual se lea la expresión: “Acta no válida para los fines electorales del año 2016”.
Podrán emitirse cédulas de identidad para aquellas personas que presenten las actas referidas anteriormente, con la observación que el documento a expedir será solo para la comprobación de la identidad, sin que tenga ningún valor jurídico para ejercer el sufragio y por tanto llevarán una inscripción el dorso que expresará: “No válida para votar en elecciones 2016”.
Asimismo, los carnet de cédulas que se emitan a aquellas personas que poseían la cédula de identidad y electoral anterior (amarilla) y no renovaron en el plazo dispuesto por la ley, llevarán impresa en el dorso la leyenda: “no válida para votar en elecciones 2016”.
Por tanto –añade- en este documento no podrá figurar la información relacionada con los recintos y colegios electorales que sí aparecen en las cédulas válidas para ejercer el sufragio.    
Los duplicados de las cédulas de identidad y electoral que sean emitidos después de vencido el plazo para la inscripción con fines electorales, no podrán ser objeto de modificación y por tanto contendrá la misma información que figure en el maestro de cedulados.

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