Solo sindicalistas quisieron opinar sobre los fondos de los fallecidos
El sindicalista Rafael- Pepe- Abreu opina que no puede tener fecha de vencimiento el reclamo del derecho a pensiones por sobrevivencia para que los familiares de fallecidos puedan hacer las gestiones de pago de los fondos que acumularon sus deudos, cuando descubran que tiene ese derecho.
Dice que una de las contradicciones del sistema es que estando compuesto por instituciones eficientes para cobrar no respondan con la misma eficiencia para pagar.
Entiende que todo titular de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) debe llenar un formulario donde deja establecido quiénes son sus herederos o sobrevivientes en caso de fallecimiento.
Cada AFP lo que debe es comprobar y contactar a las personas registradas y pagarle lo que le corresponde, sin necesidad de que hagan los reclamos.
“Consideramos que en el debate que estamos haciendo ahora sobre la modificación de la Ley de Seguridad Social, que continúa este martes en el Senado, no haya fecha de caducidad para el reclamo”, comentó Abreu.
Piensa que debe ser obligatorio que las AFP informen a los deudos sobre las pensiones de sobrevivencia que les corresponde cuando su familiar fallece y que si no lo cumplen debe tener consecuencias para la entidad que no lo haga. Las AFP tienen más de RD$ 870 millones correspondientes a 39,386 afiliados fallecidos.
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