15 noviembre 2016

Proconsumidor advierte que el término “hasta agotar existencia” viola la ley

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También “ciertas restricciones aplican” y “nos reservamos el derecho de limitar cantidades
Los términos  “ciertas restricciones aplican” y “nos reservamos el derecho de limitar cantidades” están prohibidos por la Ley 358-05 que protege los derechos de los consumidores?

Así lo informó el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor  -Proconsumidor-, entidad que pidió a los consumidores que si leen o escuchan algún comercial con esas palabras se está ante una publicidad engañosa.
La entidad hizo la observación  en una serie de talleres que está impartiendo en interés de proteger a los consumidores previo a la realización en el país del “Viernes Negro”.
En esos talleres también se cita entre los términos que la ley prohíbe los que dicen “hasta agotar existencia o similares” y “financiamiento garantizado”. El primero, según explicaron los docentes del organismo que vigila por el cumplimiento de los derechos de los consumidores,  porque  “esa frase no libera de responsabilidad al ofertante en caso de que se agote el artículo publicitado, puesto que la ley establece que debe de informarse el volumen o la cantidad que tenga disponible”.

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